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Aclaración sobre Ganancias

A raíz de los numerosos reclamos de empleados a los que se les hicieron importantes retenciones por Ganancias durante abril, la AFIP salió a ratificar que los descuentos no pueden superar el tope del 35%.

El organismo aseguró que “el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias”.

Sin embargo, aclaró que se “puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese tope”.

También, el organismo recaudador recordó que “los empleados deben informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año”.

Las aclaraciones vienen luego de que en abril llegaran varios recibos de sueldo con importes cercanos a cero por la aplicación del impuesto. En ese sentido, la AFIP detalló que la retención podrá llegar al total del salario en tres casos:

  • Si el empleado informa recién en marzo los salarios que pagan otros empleadores.
  • Si el empleado modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas.
  • Si el empleado no manifiesta a su empleador la decisión de que no le retengan más del 35% en abril.

En dichas circunstancias, el empleador sólo tiene una oportunidad de retener el impuesto y, de ese modo, evitar que el empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos por su cuenta.

En general, los empleadores dan aviso a sus empleados de estas obligaciones, de modo de evitar los inconvenientes difundidos en los últimos días.

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