Las multas mínimas tendrán un valor no inferior a los 33.920 pesos, mientras que las máximas superarán los tres millones de pesos. La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito elevó el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) a 1.696 pesos.
A través de su Resolución número 59, publicada en el Boletín Oficial, la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito resolvió elevar el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) a 1.696 pesos por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito, 8560.
La Resolución, firmada por Miguel Ángel Rizzotti, titular de dicha Dirección, fundamenta la decisión en el valor de la nafta súper informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines de la República Argentina (Fecac) el 5 de diciembre.
Recuerdan oficialmente que la ley en cuestión dispone que el valor de multa por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito se determina en Unidades Fijas, denominadas UF, que equivale al menor precio de venta al público de combustible, correspondiente a un litro de nafta súper.
Nuevos valores de las multas
Infracciones leves, de 20 a 100 UF: 33.920 hasta 169.600 pesos.
Infracciones graves, de 100 a 200 UF: 169.600 hasta 339.200 pesos.
Infracciones muy graves, de 200 a 400 UF: 339.200 a 678.400 pesos.
Infracciones máximas, entre 1200 y 2.000 UF: 2.035.200 a 3.392.000 pesos.


